21 de mayo de 2012

Revista dfensor 05-12 
JUICIOS MEDIÁTICOS


EDITORIAL

 

Tribunales y medios: 

¿dónde se juzga realmente?


Fotoilustración: Edgar Sáenz Lara/CDHDF.
En un ambiente de extrema crisis social y delincuencia como el que se vive en México, nuestra seguridad ciudadana cada día se ve seriamente amenazada por la incapacidad del Estado en su obligación de convertirse en un ente de legalidad que sancione y prevenga los delitos, y repare los daños causados a las víctimas con apego al respeto y garantía de los derechos humanos.
Las consecuencias de dicho estancamiento en la justiciabilidad son lamentables y ahora nos encontramos dentro de un círculo vicioso en el que la ciudadanía, como nunca antes, se abstiene de denunciar por la percepción de impunidad prevaleciente en las instituciones de procuración y administración de justicia; mientras que éstas asumen un poder tiránico para sistemáticamente revictimizar tanto a la persona inculpada como a la víctima mediante actos ilegales y arbitrarios que se alejan por completo de los medios procesales idóneos para garantizarle a ambas partes un verdadero acceso a la justicia.

Frente a esta problemática y en el ámbito de su competencia, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (cdhdf) dirigió la Recomendación 3/2012 a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pgjdf) por violar los derechos de medio centenar de personas quienes, después de haber sido detenidas –en la mayoría de los casos de forma arbitraria y sin pruebas contundentes–, fueron exhibidas ante medios de comunicación como delincuentes y posteriormente más de 20 fueron eximidas en tribunales. Esta acción autoritaria no sólo vulneró su derecho a la presunción de inocencia y a un debido proceso que de inicio determinara mediante certezas judiciales su responsabilidad en la comisión de los delitos imputados, sino que también trastocó de forma irreparable todo su proyecto de vida.

A pesar de ello, la pgjdf rechazó esta Recomendación y como respuesta expidió el Acuerdo A/003/2012 por medio del cual institucionaliza la práctica de la exhibición pública de personas detenidas, haciendo patente un acto violatorio incluso ya reconocido como tal por la Comisión y la Corte interamericanas de derechos humanos y el Subcomité para la prevención de la tortura de la Organización de las Naciones Unidas.

Sin duda alguna, con esta acción la pgjdf también vulnera el derecho de la sociedad a estar informada oportuna y verídicamente en materia de seguridad ciudadana, ya que contribuye a la creación de juicios por parte de los medios de comunicación, los cuales reproducen de forma errónea información parcial y subjetiva de los casos judiciales que la propia dependencia pone a su disposición, generando así la sensación de impunidad e inseguridad en la población para justificar la aplicación de políticas criminales de mano dura que sólo favorecen la represión, la intolerancia y la estigmatización.

Para la cdhdf esto representa un grave retroceso que sólo pone en tela de juicio el compromiso de la pgjdf para garantizar la vigencia de los derechos humanos en nuestra ciudad. Ante ello cómo no indignarse cada vez que miramos o escuchamos en los medios de comunicación estos nuevos rituales punitivos que exhiben a las personas presuntamente responsables, arrebatándoles su dignidad hasta  convertirlas en herejes contemporáneos que nos recuerdan a los juzgados por el Tribunal del Santo Oficio en los tiempos de la Inquisición.

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OPINIÓN Y DEBATE


Los nuevos rituales punitivos 
Por: Francesc Barata



               Ilustración: Iván Gamboa Sánchez/cdhdf.

 Si se pensaba que “el espectáculo del castigo” había sido la marca de los gobiernos tiranos de antaño ¿qué podemos decir hoy de las autoridades de justicia mexicanas que exhiben ante los medios de comunicación a quienes son presuntamente responsables de delitos, violando impunemente su derecho a la presunción de inocencia? El investigador y periodista español experto en esta materia, reflexiona en dfensor sobre este fenómeno y advierte que con este tipo de prácticas también los medios de comunicación están naturalizando ante la sociedad algo jurídica y éticamente reprobable, justo cuando deberían hacer lo contrario: denunciar que no se respetan las reglas de la legalidad.





Juicio mediático: 
incentivo perverso en el proceso judicial 
Por: Saúl López Noriega


Ilustración: Iván Gamboa Sánche
En los casos relacionados con la exhibición pública de personas presuntamente culpables, las garantías que hacen posible la presunción de inocencia involucran no solamente el ámbito jurídico, sino también la responsabilidad de los medios de comunicación. Para el investigador del ITAM este tipo de exhibiciones propicia que en el imaginario colectivo el debido proceso comience a ser irrelevante, porque cuando se sentencia de forma mediática a una persona se justifica cualquier ulterior violación al debido proceso. Por otro lado, afirma que si bien es cierto que los medios de comunicación tienen una enorme función democrática al momento de informar, esto no significa que cuando están en juego los derechos de un particular puedan hacerlo de manera impune y sin considerar algún límite que a su vez garantice los derechos a la libertad de expresión y a la información.
 Seguir leyendo, pp. 13





Medios de comunicación: 
entre la libertad de expresión y la violación del derecho a la presunción de inocencia 
Por: Mario Campos Cortés
             Ilustración: Iván Gamboa Sánchez/cdhdf.

Los medios de comunicación han construido un discurso en el que plantean que lo que transmiten es la realidad. Para el periodista Mario Campos Cortés eso es falso y en el contexto de la cobertura mediática de las exhibiciones de personas detenidas se pregunta: ¿con qué procedimientos y con qué criterios vamos a seguir manejando esta información sin violentar los derechos de terceros? Y apela a la responsabilidad social de la industria informativa con el fin de que se emitan protocolos de cobertura y seguimiento de la información acordes con la libertad de expresión, pero también respetuosos de la dignidad humana.


La institucionalización de la estigmatización 
Por: Graciela Rodríguez Manzo


 Ilustración: Iván Gamboa

El pasado 16 de abril se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo A/003/2012 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, mediante el cual se emite el Protocolo para legalizar la presentación ante los medios de comunicación de personas puestas a disposición del Ministerio Público. En consecuencia la autora afirma que mediante estas acciones la autoridad viola los derechos humanos de las personas cuya imagen y datos personales son mostrados públicamente. En específico se vulnera su derecho a la presunción de inocencia y demás garantías judiciales, sus derechos a la honra y reputación, a la vida privada y a la integridad personal. Esto, incluso, trasciende a la eventual sanción penal que se les llegue a imponer, ya que la sanción social destruye su proyecto de vida.



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ACCIONES

Informe anual 2011, un llamado a las autoridades para aceptar y cumplir las recomendaciones de la CDHDF    
Seguir leyendo, pp.26


Respuesta a la Recomendación 3/2012: Caso de exhibición de personas, publicidad de su información confidencial y la contenida en averiguaciones previas por parte de la PGJDF   
Seguir leyendo, pp. 30

La CDHDF frente a las violaciones a derechos humanos por la exhibición de personas y la publicidad de su información confidencial por parte de la PGJDF   
Seguir leyendo, pp. 33

Respuesta a la Recomendación 9/2011: Falta de implementación de mecanismos específicos para la prevención, atención, investigación y, en su caso, sanción de actos de violencia contra las mujeres en instituciones y dependencias del D. F.   
Seguir leyendo, pp. 37

Respuesta a la Recomendación 10/2011: Detenciones arbitrarias y tortura cometidas por policías de la SSPDF y agentes de la PGJDF  Seguir leyendo, pp. 40

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REFERENCIAS

Cuando los medios y los periodistas “arbitramos”
Por: Marco Lara Klahr
 Fotoilustración: Edgar Sáenz Lara/CDHDF.

La función social de los periodistas y los medios no es juzgar, resolver delitos, condenar o castigar, sino posibilitar el ejercicio ciudadano del derecho a la información, una garantía asentada en el artículo 7 constitucional. En este artículo el autor refiere que el Estado democrático de derecho es impensable sin las libertades de empresa, información, expresión y prensa, pero éstas se vulneran cuando los ciudadanos no pueden ejercer su derecho a la información a través de los periodistas –debido a la precariedad e inconsistencia de las agendas, enfoques y contenidos noticiosos– y cuando las garantías procesales de las víctimas y los imputados son afectadas desde las instituciones, instrumentalizando para ello a medios y periodistas.
 

Caso Florence: la pieza que falta
Por: Ricardo Rocha
       Ilustración: Edgar Sáenz Lara/cdhdf.
En el caso de Florence Cassez los agentes de la AFI no estaban buscando resolver secuestros. Lo que trataban era de encontrar un caso a modo para impresionar a la opinión pública. De acuerdo con el autor de este artículo, el objetivo era reivindicarse por la falta de resultados en el gobierno de Vicente Fox, marcado desde sus primeros días por la sospechosa fuga de el Chapo Guzmán y un creciente incremento en los delitos de los fueros común y federal. De tal suerte que lo de “la recreación” no fue una ocurrencia lateral derivada de una investigación. El teatro para la tele fue siempre el propósito fundamental de la AFI comandada entonces por Genaro García Luna, actual secretario de Seguridad Pública. Lo que hizo su lugarteniente, Luis Cárdenas Palomino, fue –al estilo de un productor de Hollywood– mandar a sus sabuesos a rastrear una buena historia mediática: con un argumento creíble, personajes atractivos y locaciones impactantes.
   


¿Cómo se repara una violación a los derechos humanos?
Por: Miguel Carbonell


El pasado 10 de junio de 2011 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional en materia de derechos humanos, en la que se introduce como un deber de las autoridades de todos los niveles de gobierno el de reparar las violaciones de derechos humanos. Para el destacado académico de la UNAM que firma esta colaboración, este tipo de reparación debe ser vista como una consecuencia indispensable de una buena investigación y de una apropiada sanción para los responsables, y también debe tomar en cuenta la dignidad de las víctimas y reconocer que la violación de sus derechos tuvo un impacto importante en su existencia.


Efectos psicosociales en víctimas de exhibición mediática por parte de la PGJDF
Por: Alejandra González Marín

        lustración: María Rodríguez Cruz/cdhdf.
A partir de las valoraciones de impactos psicosociales que realizó la CDHDF en diversos casos de víctimas de la exhibición ante medios de comunicación por parte de la PGJDF, se corroboró una serie de afectaciones psicológicas propias de los síntomas asociados al trastorno de estrés postraumático. Después de este análisis, efectuado por la autora de esta colaboración, se concluyó que la prioridad de las víctimas ahora es acceder a la justicia y a la verdad pública que de cierta forma les permita recobrar algo de la paz y la seguridad para continuar su vida.
Seguir leyendo, pp. 59