EDITORIAL
Durante este nuevo siglo, el uso creativo de las tecnologías de información y comunicación (tic) para la defensa y promoción de los derechos humanos muestra que no podemos posponer más la reflexión sobre la importancia y los alcances de estos medios para fortalecer a las instituciones democráticas y difundir los derechos de todas y todos con la finalidad de alcanzar mejores estándares de vida.
Es un hecho que estamos ante una tecnología que potencia nuestra capacidad de vinculación más allá del ámbito local, pero también nos enfrenta con la necesidad de replantear nuestros discursos políticos y activismo para hacerlos verdaderamente plurales e incluyentes, especialmente hoy que sus posibles receptoras y receptores tienen capacidad de interactuar simultáneamente pese a estar disgregados por el mundo.
Ahora bien, la esfera pública virtual no es sólo el espacio de las posibilidades infinitas de vinculación para la promoción de la igualdad y el ejercicio del derecho a la información. También existen afectaciones a los derechos de las personas usuarias de internet ante prácticas como la piratería, la pornografía infantil o la trata de personas o ante la discriminación o la afectación a la honra, por ejemplo, de tal forma que se debe contemplar que éstas puedan ejercer sus derechos sin que se coloquen en zonas de inseguridad.
Por ello dfensor ofrece una panorámica general actual y refiere que las nuevas tecnologías nos posibilitan ampliar el ámbito del ejercicio de los derechos humanos, así como plantear nuevas maneras de interacción expeditas y creativas con las organizaciones y personas dedicadas a su defensa, donde quiera que éstas se encuentren.
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OPINIÓN Y DEBATE
Los derechos humanos y los nuevos medios
Por: Ignacio Madrazo Piña
Ilustración: Maru Lucero/cdhdf. |
Toda tecnología es producto de una realidad político-económica-ideológica, que a su vez es la creadora de los sistemas identitarios que definen al individuo. Tomando en cuenta que el desarrollo de los medios de comunicación electrónicos ha ido cambiando la forma en la cual el ser humano se comprende a sí mismo, es lógico deducir que éstos transformen el concepto en sí de lo que son los derechos humanos. Esto es a tal grado, que en muchos países ya se discute si el acceso a estos medios debe considerarse como un derecho humano per se y, por lo tanto, algo que cada Estado estaría obligado no sólo a defender sino también a proveer.
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Internet: los viejos y nuevos retos de la libre expresión
Por: Ricardo González y Antonio Martínez
Los beneficios de las tecnologías de la información y la comunicación (tic) no se encuentran exclusivamente en el rango de su funcionalidad, sino en la multiplicidad y versatilidad de su aplicación. Diversos actores están aprovechando cada vez más la aplicación de éstas para promover intereses nacionales, corporativos y supranacionales, lo cual representa un cambio significativo en la distribución tradicional de poder en el sistema internacional. En particular, nos referimos a la forma en que las nuevas tecnologías de comunicación pueden ser capaces de ayudar a hacer realidad algunos de los objetivos de la Declaración del Milenio, específicamente los referentes a la promoción, defensa y protección de los derechos humanos.
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La privacidad y el olvido en Internet
Por: Diego García Ricci
Ilustración: Iván Gamboa Sánchez/cdhdf. |
“Me divorcié gracias a Facebook […] ¿Cómo te explico que fui divorciada por Facebook?”,declaró a The Guardian Georgina Hobbs-Meyer, una chica británica de 24 años de edad quien se enteró de las infidelidades de su marido a través de esta popular red social digital.
Cuando usamos Internet a veces no estamos del todo conscientes de que compartimos aspectos triviales, pero también otros muy relevantes, creando auténticas ventanas de información […] Así, sin darnos cuenta, le entregamos a otros las llaves para que entren a nuestra vida privada. Lo que no siempre calculamos es que nuestros datos permanecerán ahí en la red y después, en el futuro, serán conocidos por otras personas lo que no siempre podría favorecernos. Esto nos pone en alerta sobre lo que publicamos o se publica de nosotros en el mundo de la web: ¿cuándo lo publicado nos causa alguna molestia?, ¿quién nos regresa las llaves?, ¿cómo le pedimos a alguien que no utilice lo que otros o nosotros mismos hicimos público?, ¿se puede regresar a nuestro ámbito privado aspectos conocidos por todos?
¿La revolución será tuiteada?
Activismo social en internet
Activismo social en internet
Por: Mario Alfredo Hernández
Sánchez
Fotografía: Ernesto Gómez/cdhdf. |
Lo que tienen en común los movimientos sociales y políticos de los últimos
años alrededor del mundo, a pesar de su carácter heterogéneo en lo que se
refiere a los derechos o colectivos implicados, es que evidenciaron la creación
de un nuevo tipo de poder político como resultado del uso de las tecnologías
digitales de información y comunicación (tic).
Por supuesto, en estos movimientos tuvieron primacía redes sociales como
Facebook y Twitter, pero también la
comunicación a través de correos electrónicos, bitácoras digitales –del
tipo Blogger o Tumblr– o dispositivos móviles. No obstante, aludir a la novedad
del poder político en internet no implica
desestimar el poder de la acción directa, pero tampoco sobredimensionar
la posibilidad de establecer vasos
comunicantes entre quienes son usuarios de tecnologías todavía de acceso
restringido.
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ACCIONES CDHDF
Preocupante que México firmara el
acta: cdhdf
El
pasado 11 de julio el gobierno mexicano firmó el Acuerdo Comercial de Lucha
contra la Falsificación (acta). Ante este hecho, si bien la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal (cdhdf)
reconoce la importancia de proteger los derechos de propiedad intelectual
–objetivo del Acuerdo–, tras realizar un
análisis del documento concluye que éste podría no ser compatible con los
derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y en los tratados en materia
de derechos humanos signados por México.
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Recomendación 7/2012 por la violación a los
derechos a la honra y a la vida privada en internet
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Reitera cdhdf que acuerdo de la pgjdf sobre exhibición viola derechos humanos
La Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal (cdhdf)
insiste en que la presentación ante medios de comunicación de personas puestas
a disposición del Ministerio Público es violatoria de los derechos humanos. De
nada sirve que en los actos de presentación de estas personas las y los
servidores públicos que las llevan a cabo digan que son presuntas responsables
o imputadas, ya que en todos los casos se produce un juicio paralelo de
carácter social que no se puede evitar.
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Recomendación 1/2012.
Caso de tortura infligida a
internos del Ceresova
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Recomendación 2/2012.
Caso de falta de atención médica
a personas con discapacidad mental y/o psicosocial en los cais del
df
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REFERENCIAS
Queridos estudiantes, pueden tuitearme
Por: Pilar Morales
Cuando Manuel Almeida, periodista
apasionado de las redes sociales, ilustraba las consecuencias del impacto que
éstas han tenido en nuestra época echó mano del siguiente ejemplo:
En 2004, había comentaristas en
[el blog] Mangas Verdes que me preguntaban: “¿Lo puedo tutear?”. Hoy,
directamente me preguntan: “¿Lo puedo tuitear?”
El Diccionario de la lengua
española de la Real
Academia Española dicta que tutear implica desaparecer los
tratamientos de cortesía y de respeto entre las personas. En la definición de
esta palabra no existe ninguna alusión que apunte al establecimiento de una
comunicación entre iguales, idea más cercana a lo que actualmente entendemos
por tutear. Resulta sorprendente que los cambios que como sociedad hemos
experimentado en el ámbito digital nos hayan dotado de una mejor forma de
concebir cómo se ha modificado la manera en que nos relacionamos con los otros.
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Ilustración: Iván Gamboa Sánchez/cdhdf. |
La libertad de expresión en las
redes sociales
Por: Elia Baltazar
Ilustración: Maru Lucero/cdhdf. |
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Los medios digitales: México
Por: Open Society Fundations
Con un poderoso grupo de
comunicación que tiene tomado el control de la mayor parte de los ingresos de
la publicidad y la audiencia; un débil sistema de medios de servicio público
que proveen contenidos de acuerdo con los gustos de las élites de la cultura; y
numerosos medios de comunicación dependientes de los recursos económicos del
gobierno, México, el país con mayor población hispanoparlante en el mundo,
hogar de más de 112 millones de habitantes, no desempeña un papel importante en
la democratización de los medios de comunicación.
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47) http://dfensor.cdhdf.org.mx/DFensor_08_2012.pdf
Hacia una internet libre de
censura. Propuestas para AL
Por: Eduardo Bertoni
Ilustración: Iván Gamboa Sánchez/cdhdf. |
Los países latinoamericanos han dado algunos pasos
tímidos hacia la regulación de internet. Las iniciativas han mirado hacia los
Estados Unidos y Europa, donde [la red global] está más regulada, y los debates
legislativos y públicos sobre el tema reflejan las discusiones que se dan a
nivel internacional, gobernadas por los intereses –a veces en conflicto– de
usuarios, compañías que operan en el espacio de internet y encargados del
diseño de políticas públicas. Los debates reflejan también la historia,
principios y valores culturales que subyacen a las legislaciones en América
Latina.
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Afectaciones a la honra y la
dignidad en el entorno de internet y la defensa judicial
Por: Carlos Alejandro Martiarena
Leonar
Ilustración: Iván Gamboa Sánchez/cdhdf. |
Internet, como
herramienta de información y comunicación, tiene características distintas a
las de los medios tradicionales de comunicación, pues posibilita una
combinación de múltiples herramientas como gráficos, audio, fotografía, video e
interacción inmediata; asimismo, cuenta con una gran capacidad para almacenar y
transmitir datos. En este sentido, por su naturaleza, la red electrónica está
al servicio de miles de millones de usuarios en todo el mundo, de forma que el
riesgo de daños que se piensa puede ocasionar el contenido y las comunicaciones
en internet, en relación con el derecho a la honra y vida privada, es mayor que
el de la prensa.
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Las lecciones del caso Cassez
Por: Miguel Carbonell
Ilustración: Maru Lucero/cdhdf. |
La
sesión pública de la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn) realizada el 21 de marzo de 2012,
en la que fue discutido el caso de Florence Cassez, resultó muy aleccionadora.
Y lo fue por varias razones, de las cuales cabe tomar buena nota ya que se van
a retomar en muchos de nuestros debates futuros.
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