7 de mayo de 2010

Guerrero: resistiéndose al olvido

DESAPARICIÓN FORZADA: UN CRIMEN DE IMPUNIDAD Y OLVIDO
Revista DFensor abril 2010

Opinión y debate


Ángel Zalazar*

La historia del estado de Guerrero da cuenta de que en esta región el abuso del poder y las violaciones a derechos humanos han sido una constante durante décadas, en las cuales se han cometido numerosos crímenes cuya herida sigue abierta debido a la impunidad con que se revisten estos casos y la falta de voluntad política para darles una conclusión justa, acompañada de una investigación exhaustiva. Guerrero es el único estado de la república mexicana que cuenta con una Ley para Prevenir y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas en el Estado; la publicación de dicha ley supuso un logro en el que intervinieron diversas organizaciones de la sociedad civil e instituciones de derechos humanos estatales, nacionales e internacionales.

Sin embargo, como se verá a continuación, no basta tener una legislación para garantizar que la desaparición forzada deje de existir, más aún cuando las instituciones de seguridad pública y las encargadas de la procuración y administración de justicia están directamente involucradas en las desapariciones o manipulan de manera dolosa las investigaciones de las mismas.

La desaparición forzada en México, particularmente en Guerrero, se remonta a las décadas de los años sesenta, setenta y principios de los ochenta, en el marco de la llamada Guerra Sucia, en la que el gobierno mexicano –a través del Ejército principalmente, pero no únicamente–, enfrentó los descontentos sociales producidos por las políticas económicas que perjudicaban a la población guerrerense. A la cabeza del movimiento destacaron Genaro Vázquez Rojas y Lucio Cabañas Barrientos, dos maestros que desde sus aulas, primero, y por la vía armada después, proponían la creación de un nuevo régimen con reformas enfocadas en el bienestar de los trabajadores, campesinos y mujeres, además del cambio de la política de dependencia de México respecto a Estados Unidos; ello les valió una intensa represión gubernamental y el aumento de la presencia militar en el estado.

El Informe histórico a la sociedad mexicana 2006 de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp),1 respecto al estado de Guerrero, concluye que se tiene registro de 537 denuncias de desaparición forzada ocurridas entre 1961 y 1979. De ellas se encontraron elementos para acreditar plenamente 255 casos, se tiene presunción fundada para considerar que sucedieron 143 y en 139 falta información para emitir juicio de probabilidad. En total existen 398 casos de 537 denuncias en los que la información permite considerar que dichas desapariciones sí sucedieron, la mayoría en la región de Atoyac de Álvarez. 2


Apoyado con la siempre creciente presencia militar, el gobierno de Guerrero ha practicado una política represiva y contrainsurgente dirigida principalmente a silenciar las manifestaciones de inconformidad de una población vulnerada en sus derechos fundamentales y continuamente despojada de sus tierras, cultura, patrimonio y recursos. Guerrero forma parte, junto con Oaxaca y Chiapas, del cinturón de pobreza de México. El fenómeno de la desaparición forzada ha sido implementado especialmente contra activistas, dirigentes de movimientos sociales, defensores de los derechos humanos y organizaciones políticas; aunque también se ha extendido hacia sectores de la población que no mantienen ningún tipo de relación con activismo, política, narcotráfico o alguna actividad particularmente riesgosa.

La Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (Coddehum) tiene radicados 26 expedientes de desapariciones forzadas ocurridas entre 1990 y 2006, las cuales están documentadas y atribuidas a la Policía Judicial del estado (hoy Policía Ministerial), así como a miembros de otras corporaciones policiales, sin que exista un patrón en el perfil de las víctimas, quienes resultan ser estudiantes, trabajadores, amas de casa, luchadores sociales e incluso elementos policiales.

Entre los casos más recientes de desapariciones y ejecuciones de defensores de derechos humanos en Guerrero está el de Lorenzo Fernández Ortega, hermano de Inés Fernández, quien fue violada sexualmente por soldados mexicanos en 2002 y cuyo caso está en proceso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Lorenzo Fernández fue secuestrado en febrero de 2008 por civiles; al día siguiente su cuerpo fue encontrado sin vida y con visibles marcas de tortura. Además de acompañar la demanda de justicia de su hermana, Lorenzo denunció la esterilización forzada de 14 indígenas en la comunidad de El Camalote, así como muchas violaciones a los derechos humanos cometidas por las autoridades municipales y estatales.

Otros dos casos son los de Raúl Lucas Lucía y Manuel Ponce Rosas, presidente y secretario, respectivamente, de la Organización para el Futuro del Pueblo Mixteco (OFPM) en Ayutla de los Libres, Guerrero. Durante un evento público a mediados de febrero de 2009, un grupo de hombres armados los detuvo violentamente y siete días después sus cuerpos fueron encontrados con evidentes huellas de tortura. Actualmente se integra una investigación en la Fiscalía Especial de Atención a Delitos Graves, dependiente de la procuraduría estatal.



Una ley sin vigencia

En diciembre de 2003, en el marco del 55° aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, diversas organizaciones de defensa de los derechos humanos en Guerrero presentaron una campaña para tipificar como delito la desaparición forzada de personas. Durante la campaña y en la posterior propuesta de ley no se buscaba sólo la tipificación del delito de desaparición forzada, sino también que la misma ley se constituyera como una regulación normativa integral que verdaderamente brindara a la ciudadanía mecanismos eficaces ante esta grave violación.

La campaña concluyó con la publicación de la Ley para Prevenir y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas en el Estado de Guerrero Número 569 en 2005, la cual por sí sola no garantiza la vigencia y el ejercicio de los derechos humanos, pero sí brinda los mecanismos de protección y defensa de los mismos al elevar a grado de repudio una conducta considerada como una grave ofensa de naturaleza odiosa contra la dignidad intrínseca del ser humano.

Sin embargo, a más de cuatro años de la publicación de esta ley en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado , y a pesar de numerosos casos de desapariciones ocurridas desde entonces y denunciadas ante el Ministerio Público y la Coddehum, no se ha iniciado ningún proceso penal por este delito debido a la resistencia de las autoridades estatales para darle vigencia a esta ley, entre otras causas porque se niegan a reconocer que este delito se continúa ejerciendo en la entidad e incluso porque admiten que es complicado dar cauce a una denuncia debido a que en ella estarían involucrados funcionarios públicos. 3

Dos casos más ocurrieron este año en la ciudad de Chilpancingo, el marco de la estrategia de seguridad pública del gobierno federal contra el crimen organizado. Se trata de Raúl Evangelista Alonso y Roberto González Mosso. El primero fue detenido arbitraria y violentamente por soldados mexicanos en enero, y liberado después de ser torturado para que informara sobre drogas y armas; posteriormente, la madrugada del 3 de febrero civiles vestidos de negro, encapuchados y custodiados por elementos del Ejército, lo sacaron de su casa sin que hasta el momento haya sido puesto a disposición de alguna autoridad. El 5 de febrero el segundo fue sustraído de su centro de trabajo en una vulcanizadora por supuestos elementos de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), quienes también venían acompañados de militares.

Nada se sabe de ambos desaparecidos y ninguna dependencia reconoce haber realizado operativos en esas fechas. A lo anterior se suman los trámites burocráticos, la lentitud con que se realizan las investigaciones, la indiferencia y la falta de sensibilidad de las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia, así como el hecho de que los organismos oficiales reconocen que uno de los modos con que opera el crimen organizado es la suplantación de autoridad mediante el uso de uniformes apócrifos, argumento profundamente cuestionable si tomamos en cuenta la cantidad de soldados desplegada en la ciudad de Chilpancingo precisamente con el objetivo de identificar y detener a criminales y a elementos de seguridad falsos.

Una deuda de justicia




Tanto la Procuraduría estatal como la Fiscalía para la Investigación de Delitos Graves actúan de manera dolosa, toda vez que delegan a las víctimas la responsabilidad de reunir pruebas, testimonios y señalar a culpables; además, se han constituido en un nuevo factor de riesgo, pues la fundada desconfianza en su actuación permite suponer no pocas veces una represalia similar al delito denunciado.

Por todo lo anterior es que las organizaciones de defensa de los derechos humanos en la entidad han debido articularse con los organismos internacionales ante la falta de acción de las autoridades locales y el ejercicio delimitado de las comisiones estatales para hacer cumplir las recomendaciones que emiten. Actualmente, la denuncia pública internacional es una medida de presión que posibilita la defensa de los derechos humanos en Guerrero; sin embargo, ello no garantiza el acceso a la justicia y a la reparación, además de que supone un nuevo riesgo ante los complejos mecanismos de represión y criminalización con que continúa operando el Estado.

En este contexto, es necesario remarcar la responsabilidad que en muchas de las desapariciones de antes y de ahora han tenido los elementos del Ejército mexicano, quienes continúan blindados por la impunidad que les confiere el fuero militar incluso en delitos de lesa humanidad como lo es la desaparición forzada de personas. Por ello continuamos señalando la necesidad urgente de modificar las legislaciones y normas respectivas con base en el fallo de la Corte IDH, para así evitar que delitos como éste sigan perpetrándose impunemente. Acatar y cumplir la sentencia sería un paso contundente del gobierno mexicano en el camino hacia la democracia y la justicia, y un fuerte golpe contra el olvido al que muchas organizaciones y personas en Guerrero y en todo México se siguen resistiendo.

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Notas al pie de página:

* Coordinador del área de Comunicación y Difusión de la Red Guerrerense de Organismos Civiles de Derechos Humanos, A. C. (Redgro).

1 La Femospp está extinta desde marzo de 2007.

2 La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), documentó 293 casos de desapariciones forzadas en Guerrero en su Informe de la investigación sobre presuntos desaparecidos en el estado de Guerrero durante 1971 a 1974, el cual nunca fue aprobado y debió publicarse como un documento informativo; sin embargo, fue retomado para el Informe especial sobre las quejas en materia de desapariciones forzadas ocurridas en la década de los 70 y principios de los 80 , publicado en 2001 por la misma CNDH.

3 Mauro Díaz Cevallos, jefe del Grupo de la Policía Judicial en Zihuatanejo, Guerrero, desapareció en mayo de 2003. En reuniones privadas con los familiares, el procurador del estado admitió que el caso era complicado debido a que en la desaparición estaban involucrados funcionarios de la misma Procuraduría. La Redgro llevó durante un tiempo este caso, hasta que la esposa del desaparecido decidió no continuar más ante los múltiples obstáculos para realizar cualquier diligencia y finalmente optó por solicitar una declaración de fallecimiento para poder cobrar el seguro de vida a finales de 2007.

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